¡Cuidado! Las juntas de vecinos por videoconferencia pueden ser anuladas judicialmente

Las juntas de vecinos por videoconferencia pueden ser anuladas judicialmente

Los expertos advierten de que las reuniones vecinales que se lleven acabo mediante plataformas de videoconferencias con motivo del Covid no dispondrán de una cobertura legal.

Las comunidades de vecinos se han visto afectadas con la nueva prohibición de celebrar reuniones de más de seis personas. Algunos vecinos han tomado la alternativa de realizar dichas celebraciones a través de plataformas como Zoom, Skype, WhatsApp entre otras muchas. Parece una alternativa genial y la solución más adecuada para que no se corran riesgos de contagios pero ahora esas asambleas podrían ser anuladas judicialmente.

Las comunidades de vecinos tienen como obligación celebrar una junta general como mínimo cada año con el fin de aprobar cuentas, renovar los cargos y hablar cobre los asuntos que requieran el consentimiento de los dueños (derramas por obras, problemas con morosos, etc.)

La ley de Propiedad Horizontal no contempla que los asuntos mencionados anteriormente puedan tratarse de manera no presencial. Obligando a que los propietarios tengan que asistir presencialmente a las reuniones.

Estos requisitos podrían ser usados para solicitar una anulación de cualquier reunión informal que haya sido celebrado en los últimos once meses.

El especialista en derecho inmobiliario Alejandro Fuentes-Lojo advierte de que los acuerdos son impugnables tanto si la junta se llevó a cabo de manera presencial como a través de internet, ya que en ningún caso hay una cobertura legal.

Si los propietarios decidieron verse físicamente podrían alegar que no se llegaron a cumplir las normas y medidas de seguridad necesarias, por lo que las condiciones no fueron las correctas en el momento de la convocatoria. En caso de que la reunión sea celebrada por videoconferencia para evitar riesgos de contagios tienen el derecho a oponerse a cualquier votación ya que es una fórmula que no está prevista expresamente por la normativa vigente.

La primera Comunidad Autónoma en validad las juntas a través de conferencias ha sido Cataluña. El Consejo General de Administradores de Fincas ya ha solicitado al gobierno que se aplique una reforma simular en el resto del Estado.

El impago de cuotas es uno de los principales problemas que está provocando la falta de una regulación adaptada a la situación en la que nos encontramos. Para que se pueda reclamar una cuota a los vecinos morosos, es necesario incluirle en una lista de deudores; después avisarles para que cumplan con sus obligaciones y, por ultimo si no lo hacen en un plazo razonable, se solicitará al presidente o al administrador de fincas que roma acciones legales. Estas decisiones deben de tomarse en asamblea, algo complicado con la situación que estamos viviendo actualmente.

Presidentes y presidentas de comunidades de vecino aseguran que en algunos edificios empieza a escasear dinero para afrontar los gastos comunes. También aseguran que ha habido una subida de números de morosos, los cuales podrán entrar en número rojos si siguen así.

Las reparaciones muy urgentes podrán llevarse a cabo siempre y cuando el presidente, presidenta o administrador de finca conceda el premiso.


Tahulla – Administradores de Fincas en Cartagena

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